miércoles, 27 de agosto de 2008

7.2. MENCIÓN EUROPEA EN EL TÍTULO DE DOCTOR
7.2.1. Requisitos:
1. Se podrá incluir en el anverso del título de Doctor la mención «Doctor
europeus», siempre que concurran las siguientes circunstancias:
a) Que durante su etapa de formación en el Programa oficial de Postgrado, el
doctorando haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España
en una institución de enseñanza superior de otro Estado europeo cursando
estudios o realizando trabajos de investigación que le hayan sido reconocidos por
el órgano responsable del mencionado programa.
b) Que parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya
redactado y presentado en una de las lenguas oficiales de la Unión Europea
distinta a alguna de las lenguas oficiales en España.
c) Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos pertenecientes
a alguna institución de educación superior o instituto de investigación de un
Estado miembro de la Unión Europea distinto de España.
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d) Que, al menos, un experto perteneciente a alguna institución de educación
superior o instituto de investigación de un Estado miembro de la Unión Europea
distinto de España, con el grado de doctor, y distinto de los mencionados en el
párrafo anterior, haya formado parte del Tribunal evaluador de la tesis.
2. La defensa de la tesis ha de ser efectuada en la propia universidad española en
la que el doctorando estuviera inscrito.
7.2.2. Tramitación administrativa
Los doctorandos interesados en obtener la mención de “Doctor europeus” de la
Universidad Complutense deberán entregar al Órgano responsable del Programa
de Postgrado, en el momento de solicitar la admisión a trámite de su Tesis
Doctoral, la siguiente documentación:
a) instancia solicitando que le sea expedida la mención de “Doctor
Europeus”
b) los informes a que se refiere el punto 1.c) de los requisitos.
c) certificación de la estancia de, al menos, tres meses fuera de España en
una institución de enseñanza superior de otro Estado europeo, durante la cual
haya estado cursando estudios o realizando trabajos de investigación. Esta
certificación habrá de ser expedida por el Centro donde ha realizado la estancia de
investigación.
La evaluación de los informes y de la certificación indicados en los puntos b) y c)
del apartado anterior corresponderá a la Comisión de Doctorado de la Universidad
Complutense.
En los casos en que la Comisión de Doctorado dé su visto bueno a la
documentación presentada y una vez admitida a trámite la Tesis Doctoral, se
remitirá al Secretario del Tribunal encargado de juzgarla una certificación firmada
por el Secretario de la Comisión, conjuntamente con el resto de la documentación
para la lectura de la Tesis.
Tras el acto de defensa de la Tesis, el Secretario del Tribunal certificará que se
han cumplido los puntos 1.b) y 1.d) de los requisitos para optar la mención
“Doctor europeus”.
7.2.3. Acreditación académica de la mención “doctor europeus”
La acreditación de la mención “Doctor europeus” se reflejará en certificaciones,
diplomas y en el título oficial de Doctor de la siguiente manera:
El Presidente de la Comisión de Doctorado, tras haber recibido la documentación
elevada por el Tribunal encargado de juzgar la Tesis Doctoral, emitirá un
certificado en el que se notificará la concesión de la mención de “Doctor
Europeus” y en el que se hará constar el cumplimiento de los requisitos
mencionados en el apartado primero.
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El doctorado europeo se acreditará haciendo figurar su mención en el certificado
de pago de los derechos para la expedición del título, en la certificación supletoria
del título a que alude el artículo 3 del Real Decreto 55/2005, por el que se
establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se regulan los estudios
universitarios oficiales de Grado, y en el reverso del Título de Doctor.
Simultáneamente a la entrega del Título de doctor, se le entregará al alumno un
Diploma, expedido por el Rector, que reflejará la mención de Doctor Europeus.
Tanto en el certificado, como en el diploma, como en el reverso del Título se
pondrá el sello o anagrama de Doctor Europeo aprobado por el Comité de Enlace
de la Conferencia de Rectores y de Presidentes de las Universidades de países de
miembros de la Comunidad Europea, círculo de estrellas de cinco puntas en el
que figura inscrita la leyenda “Doctor Europeus”.
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